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jueves, 10 de octubre de 2019

Demandan al municipio Iribarren por no garantizar la planificación urbana

Los abogados Amado Carrillo, Crismary Álvarez y  Emilio Urbina interpusieron ante la Sala Constituciónal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) una demanda de control de la convencionalidad,  la primera de este estilo en la historia judicial venezolana. 


Dr. Emilio Urbina Mendoza.


Los profesionales de la abogacía reclaman el derecho de los ciudadanos a una planificación urbana estable ante la pérdida de vigencia del Plan de Desarrollo Urbano Local (PDUL). 

La acción judicial busca aportar en esa historia un nuevo capítulo como ocurrió en el pasado con decisiones tales como ASODIVIPRILARA (2002), la Nulidad de la Ordenanza del Plan Especial Cerro El Manzano (2003 y 2008), Rescate de los Ejidos de El  Cercado (2012); la Nulidad de la Declaratoria de Ejidos del Aeropuerto Jacinto Lara (2017) y más recientemente, la ultraactividad de la Ordenanza del PDUL (2018).

Los abogados Urbina, Alvárez y Carrillo destacan la importancia del derecho de la ciudad y las cartas globales de derechos en materia urbanística, ante la omisión del municipio Iribarren del estado Lara de garantizar el derecho a la ciudad, más específicamente, en su manifestación como derecho a la planificación urbana, al no concretar un nuevo Plan de Desarrollo Urbano Local (PDUL) en razón de su pérdida de vigencia.

El doctor Emilio Urbina, especialista en derecho urbanístico y ordenación territorial con estudios en Alemania, expresa: consignamos ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, la demanda por la omisión del Municipio Iribarren del estado Lara, por haber dejado derogar la Ordenanza del Plan de Desarrollo Urbano Local (PDUL) de Barquisimeto, y su negativa a la elaboración de un nuevo PDUL. 

Como es notorio, los concejales oficialistas permitieron la derogación del PDUL y su Ordenanza, dejando a la ciudad de Barquisimeto sin la debida planificación urbana. 

 En 2017 tuvimos que impulsar una demanda por omisión legislativa ante esta negligencia. 

 De forma sorprendente, en Sentencia nº 928 de fecha 17-12 -2018, la Sala Constitucional otorgó medida cautelar consistente en otorgarle carácter ultraactivo a la referida demanda.

Sin embargo - señala el doctor Urbina - una cautelar de esta naturaleza es insuficiente ante los desafíos que requiere Barquisimeto. La demanda por el control de convencionalidad de las cartas globales de ordenación urbanística, para hacer valer el derecho a la ciudad, más específicamente, el derecho a una planificación urbana estable. 

Como el derecho interno no contiene reglas relativas a la obligatoriedad de los alcaldes para elaborar un PDUL, es que apelamos a este mecanismo de protección de derechos fundamentales que ha sido exitoso en otros órdenes normativos. 

 Esta situación normativa interna es una de las causas por las cuales sólo 16 de los 335 municipios en Venezuela puedan contar, desde 1987, con una Ordenanza del PDUL según las exigencias de la Ley orgánica de ordenación urbanística. 

Estamos como co-demandantes el abogado Amado Carrillo y la abogada Crismary Álvarez, ambos, profesionales del Derecho entregados al ejercicio forense de gran calibre y de comprobada responsabilidad ciudadana ante los temas sensibles que nos atañe a todos como habitantes de Barquisimeto, cita Urbina, especialista en derecho urbanístico y ordenación territorial. 



Alirio Laclé Ch.




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