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Rubén Morales. |
El dirigente opositor afirma que los candidatos respaldados por el PSUV y Gran Polo Patriótico, Adolfo Pereira candidato a la gobernación del estado Lara y Luis Jonás Reyes candidato a la Alcaldía del Municipio Iribarren, se encuentran incursos en actos penados por la respectiva ley.
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Barquisimeto, 10 de noviembre de 2021
Sres. Consejo Nacional Electoral
Comisión de Participación Política y Financiamiento
Atención Oficina Regional del Edo. Lara
Yo, Rubén Alirio Morales, cedula de identidad Nº V-4737333, domiciliado en la Av. Pedro León Torres en Barquisimeto, Edo. Lara, venezolano de profesión Ingeniero Agrónomo, actuando en mi carácter de Secretario de Organización de Acción Democrática seccional Lara, atendiendo a lo que consagra el Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales en su art. 225, consigno pruebas de un hecho irregular violatorio de la ley, ya que los candidatos respaldados por el PSUV y Gran Polo Patriótico Adolfo Pereira candidato a la gobernación del estado Lara y Luis Jonás Reyes candidato a la Alcaldía del Municipio Iribarren, se encuentran incursos en actos penados por la respectiva ley y consagrado en el art. 221 literal 3 “3. Usar los locales donde funcione una dependencia gubernamental con fines de proselitismo político” ya que en fecha 03 de noviembre de 2021 utilizaron las instalaciones de un organismo promotor de la cultura larense como es el Teatro Juárez ubicado en la carrera 19 con calle 25 institución que depende de la Gobernación del estado para promover actos de proselitismo político a favor de los funcionarios antes identificados. Igualmente estimo que se ha violado el art. 222 “No se permitirá el uso de los bienes propiedad de la República, ni de los estados o municipios con el fin de favorecer o promover una candidatura o realizar propaganda electoral”. Seguidamente, aunque no es materia de su competencia por cuanto es una violación que reviste carácter penal porque así lo consagra el art. 68 de la Ley Contra la Corrupción “El funcionario público que, abusando de sus funciones, utilice su cargo para favorecer o perjudicar electoralmente a un candidato, grupo, partido o movimiento político, será sancionado con prisión de un (1) año a tres (3) años.
Estas irregularidades fueron públicas, notorias y comunicacionales tal cual como lo evidencio en el anexo de la publicación de noticias digitales publicado en el Informado asentado en el estado Lara https://www.elinformadorve.com/lara/adolfo-pereira-y-luis-jonas-reyes-agradecen-respaldo-de-iglesias-evangelicas/. Por lo tanto y por considerar que se ha violado la normativa legal electoral es pertinente que este organismo rector de los procesos electorales en Venezuela una vez evaluado este escrito con sus respectivos soportes proceda a iniciar una averiguación de oficio para las sanciones correspondientes.
Se despide,
Rubén Morales.
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