Comisión Nacional de Primarias debe salvaguardar derecho a votar - Laclé en Línea

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martes, 18 de octubre de 2022

Comisión Nacional de Primarias debe salvaguardar derecho a votar

 

La ciudadanía organizará la elección primaria de la oposición venezolana. 


La Plataforma Unitaria Democrática publicó el Reglamento marco para elegir por Primaria a la candidata o candidato presidencial unitario para las elecciones presidenciales de 2024 


La Comisión Nacional de Primarias (CP) estará constituida por cinco (5) miembros principales con sus respectivos suplentes, que serán postulados por organizaciones políticas, de la sociedad civil y personalidades, y serán seleccionados por la Plataforma Unitaria Democrática de conformidad con las normas establecidas, como resultado de una amplia consulta. 


El objeto del Reglamento es establecer los principios, organización y procedimientos que regirán la elección por Primaria de la candidata o candidato unitario a la Presidencia de la República para la próxima elección presidencial. 


Por Primaria se define y entiende el método de selección de la candidata o candidato presidencial unitario mediante votación universal, directa y secreta de todos los venezolanos debidamente inscritos en el Registro Electoral que a tal fin apruebe la Comisión Nacional de Primaria, que debe ser garante de la imparcialidad, transparencia y confiabilidad de los actos electorales que se celebren bajo la rectoría de la Comisión Nacional de Primaria, con el apoyo de las Juntas Regionales y las Mesas Electorales. 


Se debe garantizar la confidencialidad de la identidad de los votantes. 


 El respeto de la voluntad de todo elector, expresada a través del voto en ejercicio de su soberanía.

 La realización del proceso electoral en condiciones de igualdad, sin discriminación alguna. 

Todas las organizaciones políticas, individualidades e instituciones, así como los candidatos o candidatas participantes, asumirán este Reglamento como la normativa que regirá el proceso de elección Primaria, y darán fe pública del compromiso moral y político de reconocer y apoyar a la candidata o candidato que resulte ganador.


Son electores todos los venezolanos, mayores de edad, que con base en el Registro Electoral estén debidamente inscritos en la fecha de corte que establezca la CP, la cual, en el marco de sus atribuciones, promoverá los mecanismos viables a los efectos de la participación de los electores en el exterior.  


La CP tiene el deber de salvaguardar el derecho a votar de todos los venezolanos y venezolanas que cumplan los requisitos del artículo 64 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y de promover las gestiones para que se inscriban en el Registro Electoral quienes, teniendo ese derecho, no lo hayan hecho o no lo hayan logrado. 


Promoverá también la reubicación de los electores o electoras inscritos en lugares distintos a aquel donde viven. 

Los electores tienen derecho a participar como veedores en el proceso electoral de su respectiva circunscripción electoral, tanto en el momento de ejercer su derecho al voto como en la verificación ciudadana, cita el Reglamento difundido a través de las redes sociales de la Plataforma Unitaria.


Alirio Laclé Chirino. 

 


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